DIGESTO

Normativa laboral de la administración pública de Santa Fe

PRESENTACIÓN

Este DIGESTO se propone ordenar y sistematizar las normas jurídicas que regulan las relaciones laborales del Estado de la Provincia de Santa Fe con las y los trabajadores comprendidos en la Administración Central.

El andamiaje legal se sustenta, paradójicamente, en dos normas que tuvieron su origen en la dictadura militar. La Ley N° 8525, Estatuto general de la Administración Publica, del año 1979 y el Decreto N°2695, Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública, del año 1983.

En sus orígenes, estas normas daban cuenta de un pensamiento que hoy resultaría lesivo a los valores de la sociedad, expresando el carácter ideológico de la dictadura y la asimilación de la vida militar al funcionamiento de la sociedad y el Estado.

Un ejemplo concreto. Se consideraba causal de impedimento para el ingreso al Estado la obesidad, el pie plano o la homosexualidad, a la que se consideraba expresamente una enfermedad. Por supuesto, estas normas fueron derogadas con el tiempo, pero fue sobre estos pilares que el Estado continuó dando respuesta a su propia dinámica.

Por su parte, la actividad gremial avanzó en la conquista de nuevos derechos. Otro ejemplo a destacar: en el año 1987 se promulgó la Ley de Paritarias N° 10052 para el sector Público; veinte años después, una modificación –dictada en la Ley N° 12750 del año 2007- permitió incorporar a ATE a ese ámbito de negociación colectiva.

Este digesto significó compilar y ordenar más de doscientas normas dispersas de los últimos cuarenta años. Compilar supone un trabajo de archivo: rastreo y digitalización, con el rigor que impone la necesidad de contar con la totalidad de los documentos vigentes. Ordenar, por otro lado, supone el estudio del conjunto para detectar las referencias que afectan las normas previas y condicionan o dan lugar a las siguientes. El diálogo que mantienen estas leyes, decretos y disposiciones, rige hoy la vida laboral de las trabajadoras y trabajadores estatales provinciales de la Administración Central.

También se incorporó la legislación nacional que impacta en las relaciones laborales en el ámbito de la Provincia, como así también los Convenios Internacionales que tienen jerarquía constitucional. Especial atención se ha tenido con las normas vinculadas a la necesidad de erradicar la violencia en el trabajo y la violencia de género como así también los derechos consagrados en todo el ámbito de la Nación y que la Provincia adhirió en materia de igualdad de género.

Lo consideramos un trabajo inacabado y, por esa razón, invitamos a todas y todos quienes estén vinculados a esta problemática a enriquecerlo haciendo los aportes que fueren necesarios para completarlo y, a la par, incorporar las normas que se dicten en el futuro.

Entendemos imprescindible encaminarnos a un marco normativo que, dentro de un orden racional, le dé coherencia al plexo en su conjunto. Esto es: la construcción de una nueva legislación que recoja la existente. Esta construcción deberá darse en el marco de un Estado capaz de asumir la dinámica transformadora que la sociedad requiere. Y por supuesto, la paritaria es un ámbito insustituible para aportar a esta construcción normativa. Un nuevo Convenio Colectivo para las y los estatales de la Provincia de Santa Fe es más que necesario.

ESTRUCTURA DE CONTENIDOS

Este DIGESTO está ordenado en cinco partes según la materia sobre la que versa cada una, con el propósito de facilitar la búsqueda temática y a la vez de dotar de mayor coherencia lógica.

La PARTE I reúne normas referentes a los derechos individuales de trabajo, tales como régimen de ingreso, derechos, deberes, licencias, sistema de carrera administrativa, agrupamientos escalafonarios, etc. Esto es: Ley N° 8525, Decreto N° 2695/83, Decreto N° 1919/89, etc.

La PARTE II, aborda normas relativas al derecho colectivo del trabajo, que refieren a régimen de asociaciones gremiales, delegados sindicales, sistema de comisiones paritarias provinciales, Ley N° 23551, Ley N° 12750, los Convenios Internacionales de la OIT, entre otras.

La PARTE III presenta normativa provincial, nacional e internacional en materia de violencia de género, laboral, protección de los derechos de la mujer e igualdad de género, Leyes N° 26485, N° 13348, N° 26743, y demás normativa internacional, nacional y provincial referida a la temática.

La PARTE IV concentra normativa en materia de salud y seguridad del trabajo, tales como la Ley de Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el trabajo (N° 12913) y el régimen de verificación de accidentes y enfermedades profesionales Ley N° 24557 y sus modificatorias.

La PARTE V reúne la normativa referente al régimen de la seguridad social para los trabajadores públicos provinciales, tales como el Sistema de Jubilaciones y Pensiones Provinciales; Ley de IAPOS, Asignaciones Familiares, Caja de Previsión Social de los Agentes del Estado, entre otros y sus respectivos decretos.

Por último, a modo de ANEXO, se incluye normativa referida a sistema de recursos administrativos y notificaciones aplicables al régimen de actuaciones administrativas provinciales, tales como el Decreto N° 4174/15, Ley N° 12071, Ley N° 7234.

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ÍNDICE

PARTE I: RÉGIMEN JURÍDICO Y ESTATUTO ESCALAFÓN

PARTE II: DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

PARTE III: IGUALDAD DE GÉNERO, VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA LABORAL

PARTE IV: RÉGIMEN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

PARTE V: RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO

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