Causa Requena
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Editorial EL PERISCOPIO - Libre de reproducirse con mención de fuente
El Tribunal Oral Federal, integrado por Elena Beatriz Dilario, Luciano Lauria José María Escobar Cello, condenó a Ricardo Carrouché117, retirado de la Policía Federal, a 7 años de cárcel por privación ilegítima de la libertad agravada por la utilización de violencia y amenazas, y tormentos agravados por haberse cometido contra perseguidos políticos; al ex policía provincial Wenceslao Bertolino y Eduardo Ramos Campagnolo a 9 años de condena, culpables de haber cometido en su calidad de funcionario público los delitos de violación de domicilio por allanamientos ilegales, privación ilegítima de la libertad agravada por la utilización de violencia y amenazas, y tormentos agravados por haberse cometido contra perseguidos políticos. Ambos expolicías fueron acusados de robo simple en el domicilio de Espíndola y en el que compartían Corva y Ovelar, además del abuso deshonesto de la mujer.
Germán Raúl Chartier, jefe de inteligencia policial, que había sido condenado a 16 años de prisión como autor de once hechos de privación ilegal de la libertad agravada y ocho hechos de tormentos agravados, estuvo procesado en esta causa por los mismos delitos que Ramos Campagnolo y Bertolino, pero por su fallecimiento el 23 de noviembre de 2021 se declaró la extinción de la acción penal en su contra.
Bertolino y Carrouché recibieron su primera condena, en tanto Ramos acumuló la quinta, entre ellas una en la emblemática “Causa Brusa”, de 2009, en el primer proceso de lesa humanidad en la historia de Santa Fe. Para el fiscal Suárez Faisal, los delitos cometidos por los imputados "formaron parte del plan sistemático de persecución política ilegal pergeñado por la última dictadura cívico militar, siendo calificados como de lesa humanidad".
Las víctimas fueron Ramón Requena, Miguel Ángel Quaini, Miguel Ángel Escalante, Juan José Espíndola, Hugo Alberto Corva y Mirta Rosa Ovelar, quienes en esa época militaban en la Federación Juvenil Comunista.
Causa caratulada judicialmente como: RAMOS CAMPAGNOLO, Eduardo Alberto y otros s/ inf. art. 144 bis inc.1 y último párrafo s/ ley 14.616 en función del art. 142.inc. 1 Ley 20.642”, Expte. Nro. FRO 61000402/2012